Codigo de Etica de ICF

International Coaching Federation

 1. INTRODUCCIÓN

El Código de Ética de ICF describe los valores fundamentales de la International Coaching Federation (Valores Fundamentales de ICF) y los principios y estándares éticos de comportamiento para todos los Profesionales de ICF (ver definiciones). Cumplir con estos estándares éticos de comportamiento de ICF es la primera de las competencias básicas de coaching de ICF (Competencias Básicas ICF). Esto significa la importancia de comprender la ética y estándares del coaching y aplicarlos apropiadamente a todo el coaching y situaciones relacionadas al coaching”.

 

El Código de Ética de ICF sirve para mantener la integridad de ICF y a la profesión de coaching global al:

 

  • Establecer estándares de conducta consistentes con los valores fundamentales y principios éticos de ICF.
  • Guiar la reflexión, educación y toma de decisiones éticas.
  • Adjudicar y preservar los estándares del coach de ICF a través del proceso de Revisión de Conducta Ética (ECR) de ICF
  • Proporcionar la base para la capacitación de ética de ICF en los programas acreditados por ICF.
 

El Código de Ética de ICF se aplica cuando los profesionales de ICF se representan a sí mismos como tales, en cualquier tipo de interacción relacionada con el coaching. Esto es independientemente de si se ha establecido una relación de coaching (ver definiciones). Este Código articula las obligaciones éticas de los profesionales de ICF que actúan en sus diferentes roles como coaches, supervisor de coach, mentor, entrenador o estudiante coach en entrenamiento, o que desempeñan un papel de liderazgo en ICF, incluyendo al personal de apoyo (ver definiciones).

Aunque el Proceso de Revisión de Conducta Ética (ECR) solo aplica para los profesionales ICF, según se establece en la Promesa, el “Staff de ICF” también está comprometido con la conducta y los Valores Fundamentales y Principios Éticos que apuntalan este Código de Ética de ICF.

El desafío de trabajar éticamente significa que los miembros inevitablemente se encontrarán con situaciones que requieren respuestas a problemas inesperados, resolución de dilemas y soluciones a problemas. Este Código de Ética tiene la intención de ayudar a las personas sujetas al Código al orientarlos a la variedad de factores éticos que pueden necesitar ser tomados en consideración y ayudar a identificar formas alternativas de abordar el comportamiento ético.

Los Profesionales de ICF que aceptan el Código de Ética se comprometen por ser éticos, incluso cuando hacerlo involucre tomar decisiones difíciles o actuar valientemente.

2. DEFINICIONES CLAVE

  • “Cliente” – la persona o equipo/grupo que está recibiendo el coaching, el coach que está recibiendo mentoría o está siendo supervisado o el coach o coach estudiante que está siendo capacitado.
  • “Coaching” – asociarse con los Clientes en un proceso creativo y estimulante que los inspira a maximizar su potencial personal y profesional.
  • “Relación de Coaching” – una relación establecida por el profesional de ICF y el/los cliente(s)/patrocinador(es) en virtud de un acuerdo o contrato que define las responsabilidades y expectativas de cada parte.
  • “Código” – el Código de Ética de ICF.
  • “Confidencialidad” – protección de cualquier información obtenida en torno al compromiso de coaching a menos de que se otorgue consentimiento o una liberación.
  • “Conflicto de Interés” – Una situación en la que un profesional de ICF está involucrado en múltiples intereses donde servir a un interés podría ir en contra o estar en conflicto con otro. Esto puede ser financiero, personal o de otro tipo.
  • “Igualdad” – una situación en la que todas las personas experimentan inclusión, acceso a recursos y oportunidades, independientemente de su raza, origen étnico, nacionalidad, color, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, estado migratorio, discapacidad mental o física y otras áreas de diferencia humana.
  • “Profesional ICF” – personas que se representan a sí mismas como Miembros de ICF o titulares de credenciales de ICF, en roles que incluyen, entre otros, Coach, Supervisor de Coach, Mentor, Coach Entrenador y Estudiante de Coaching.
  • “Staff de ICF” – el personal de apoyo de ICF contratado por la compañía administradora que proporciona una gestión profesional y servicios administrativos en nombre de ICF.CÓDIGO DE ÉTICA DE ICF © International Coaching Federation 4
  • “Coach Interno” – una persona empleada dentro de una organización y que da coaching a tiempo completo o parcial a los empleados de esa organización.
  • “Patrocinador” – la entidad (incluidos sus representantes) que paga y/o hace arreglos o define los servicios de coaching a ser proporcionados.
  • “Personal de Apoyo” – las personas que trabajan para los Profesionales ICF
    en apoyo de sus clientes.
  • “Igualdad Sistémica” – igualdad de género, igualdad de raza y otras formas de igualdad que están institucionalizadas en la ética, valores fundamentales, políticas, estructuras y culturas de comunidades, organizaciones, naciones y sociedad. 

3. VALORES FUNDAMENTALES Y PRINCIPIOS ÉTICOS DE ICF

El Código de Ética de ICF se basa en los Valores Fundamentales de ICF (enlace) y las acciones que se derivan de ellos. Todos los valores son igualmente importantes y se apoyan mutuamente. Estos valores son aspiracionales y deben usarse como una forma de comprender e interpretar los estándares. Se espera que todos los profesionales de ICF muestren y propaguen estos valores en todas sus interacciones.

4. ESTÁNDARES ÉTICOS

 Los siguientes estándares éticos se aplican a las actividades profesionales de los Profesionales de ICF:

Sección I – Responsabilidad con los clientes
Como Profesional de ICF, yo:

  1. Explicaré y me aseguraré de que, antes o en la reunión inicial, mis Clientes y Patrocinadores entiendan la naturaleza y el valor potencial del coaching, la naturaleza y los límites de la confidencialidad, los acuerdos financieros y cualquier otro término del acuerdo de coaching.
  2. Crearé un acuerdo/contrato con respecto a los roles, responsabilidades y derechos de todas las partes involucradas con mi Cliente(s) y Patrocinador(es) antes del inicio de los servicios.
  3. Mantendré los niveles más estrictos de confidencialidad con todas las partes según lo acordado. Conozco y acepto cumplir con todas las leyes aplicables que se refieren a datos personales y comunicaciones.
  4. Comprenderé claramente cómo se intercambia la información entre todas  las partes involucradas durante todas las interacciones de coaching. 
  5. Tendré una comprensión clara tanto con los Clientes como con los Patrocinadores o las partes interesadas sobre las condiciones bajo las cuales la información no se mantendrá confidencial (por ejemplo, actividad ilegal, si así lo exige la ley, de conformidad con una orden judicial o citación válida; riesgo inminente o probable de peligro a sí mismo o a los demás, etc.). Cuando creo razonablemente que una de las circunstancias anteriores es aplicable, es posible que deba informar a las autoridades correspondientes.
  6. Cuando trabaje como Coach interno, administraré los conflictos de interés o potenciales conflictos de interés con mis Clientes y Patrocinadores a través de acuerdos de coaching y diálogo continuo. Esto debería incluir abordar los roles, responsabilidades, relaciones, registros, confidencialidad y otros reportes requeridos por la organización.
  7. Mantendré, almacenaré y eliminaré cualquier registro, incluidos archivos electrónicos y comunicaciones, creado durante mis interacciones profesionales de una manera que promueva la confidencialidad, seguridad y privacidad y cumpla con las leyes y acuerdos aplicables. Además, busco hacer un uso adecuado de los desarrollos tecnológicos emergentes y crecientes que se utilizan en los servicios de coaching (servicios de coaching asistidos por tecnología) y ser consciente de cómo se les aplican diversas normas éticas.
  8. Me mantendré alerta a las indicaciones de que puede haber un cambio en el valor recibido de la relación de coaching. De ser así, haré un cambio en la relación o animaré a los Clientes/Patrocinadores a buscar a otro coach, buscar a otro profesional o a usar un recurso diferente.
  9. Respetaré el derecho de todas las partes a dar por terminada la relación de coaching en cualquier momento y por cualquier razón durante el proceso de coaching, sujeto a las disposiciones del acuerdo.
  10. Seré sensible a las implicaciones de tener varios contratos y relaciones con el mismo Cliente y Patrocinador al mismo tiempo para evitar situaciones de conflicto de interés.
  11. Seré consciente de y manejaré activamente cualquier poder o diferencia de estatus entre el Cliente y yo que pueda ser causada por asuntos culturales, relacionales, psicológicos o contextuales.
  12. Divulgaré a mis clientes el posible recibo de compensación y otros beneficios que pueda recibir por referir a mis Clientes a terceros.
  13. Garantizaré una calidad consistente del coaching sin importar la cantidad o forma de compensación acordada en cualquier relación.

Sección II – Responsabilidad en la práctica y en el desempeño
Como Profesional de ICF, yo:

  1. Me adheriré al Código de Ética de ICF en todas mis interacciones. Cuando me dé cuenta de una posible violación del Código por mí mismo o reconozca un comportamiento poco ético en otro profesional de ICF, plantearé el asunto respetuosamente con los involucrados respetuosamente. Si esto no resuelve el asunto, lo remitiré a una autoridad formal (por ejemplo, ICF Global) para su resolución. 
  2. Requeriré que todo el personal de apoyo se adhiera al Código de ética de ICF.
  3. Me comprometeré con la excelencia a través del desarrollo continuo personal, profesional y ético.
  4. Reconoceré mis limitaciones personales o circunstancias que pueden perjudicar, entrar en conflicto o interferir con mi desempeño como coach o mis relaciones profesionales de coaching. Buscaré apoyo para determinar la acción a tomar y, si es necesario, buscaré rápidamente orientación profesional relevante. Esto puede incluir suspender o finalizar mis relaciones
    de coaching.
  5. Resolveré cualquier conflicto de interés o posible conflicto de interés trabajando en el problema con las partes relevantes, buscando asistencia profesional o suspendiendo temporalmente o terminando la relación profesional. 
  6. Mantendré la privacidad de los Miembros de ICF y usaré la información de contacto de los Miembros de ICF (correos electrónicos, números de teléfono y etcétera) solo de acuerdo con lo autorizado por ICF o el Miembro de ICF.

Sección III – Responsabilidad con el profesionalismo
Como Profesional de ICF, yo:

  1. Identificaré con precisión mis calificaciones de coaching, mi nivel de
    competencia de coaching, experiencia, capacitación, certificaciones y
    credenciales de ICF.
  2. Haré declaraciones verbales y escritas que sean verdaderas y precisas sobre
    lo que ofrezco como profesional de ICF, lo que ofrece ICF, la profesión de
    coaching y el valor potencial del coaching.
  3. Comunicaré y crearé conciencia con aquellos que necesitan estar
    informados sobre las responsabilidades éticas establecidas por este Código.
  4. Asumiré la responsabilidad de conocer y establecer límites claros,
    apropiados y culturalmente sensibles que rijan las interacciones, físicas o de
    otro tipo.
  5. No participaré en ningún compromiso sexual o romántico con el Cliente(s) o
    Patrocinador(es). Siempre tendré en cuenta el nivel de intimidad apropiado
    para la relación. Tomaré las medidas apropiadas para abordar el problema o
    cancelar el compromiso.
 
Sección IV – Responsabilidad con la Sociedad
Como Profesional de ICF, yo:
  1. Evitaré la discriminación manteniendo la equidad y la igualdad en todas las actividades y operaciones, respetando las normas locales y las prácticas culturales. Esto incluye, entre otros, la discriminación por edad, raza, expresión de género, origen étnico, orientación sexual, religión, origen nacional, discapacidad o estado militar.
  2. Reconoceré y honraré las contribuciones y la propiedad intelectual de otros, solo reclamando la propiedad de mi propio material. Entiendo que el incumplimiento de esta norma puede someterme a un recurso legal por parte de un tercero.
  3. Seré honesto y trabajaré dentro de los estándares científicos reconocidos, las pautas temáticas aplicables y los límites de mi competencia al realizar e informar investigaciones.
  4. Seré consciente de mi impacto y el de mi cliente en la sociedad. Me adheriré a la filosofía de “hacer el bien” versus “evitar el mal.

5. LA PROMESA DE ÉTICA DEL PROFESIONAL DE ICF

Como profesional de ICF, de acuerdo con los Estándares del Código de Ética de ICF, reconozco y acepto cumplir con mis obligaciones éticas y legales con mis Clientes, Patrocinadores, colegas de coaching y con el público en general. Si incumplo alguna parte del Código de Ética de ICF, acepto que ICF, a su exclusivo criterio, puede hacerme responsable por esto. Además, acepto que mi responsabilidad ante ICF por cualquier incumplimiento puede incluir sanciones, tales como capacitación adicional obligatoria en coaching, otra educación o pérdida de mi Membresía en ICF y/o mis Credenciales de ICF.

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